Ley general de pesca y acuicultura
Es el principal cuerpo normativo que regula las actividades de pesca extractiva, acuicultura e investigación las aguas en las que exista jurisdicción nacional, así como la preservación, procesamiento, transformación, almacenamiento, transporte y comercialización de los recursos hidrobiológicos. Fue publicado en 1989, y ha sido objeto de múltiples modificaciones a lo largo de historia.
Ley sobre bases generales del medio ambiente
Regula el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación del medio ambiente y la conservación de patrimonio ambiental. Las actividades acuícolas deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental y a las normas sobre responsabilidad por daño ambiental, entre otras disposiciones contenidas en esta ley.
Reglamento ambiental para la acuicultura
Aplicable a todo tipo de actividades de acuicultura, regula el cumplimiento de las medidas de protección ambiental que se establezcan para mantener la limpieza y equilibrio ecológico de la zona mantenida para la actividad acuícola, así como las medidas de protección del medio ambiente para que los establecimientos acuícolas operen a niveles compatibles con las capacidades de los cuerpos de agua.
Reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas
Establece las medidas de protección y control para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo que afecten a las especies hidrobiológicas, sea que provengan de la actividad de cultivo o en su estado silvestre.
Reglamento de concesiones y autorizaciones de acuicultura
Regula las concesiones que se otorguen para el desarrollo de actividades acuícolas, en particular el procedimiento para su otorgación, las caducidades, el pago de patentes, la acreditación de procedencia de las especies producidas, entre otras materias.
Reglamento sobre concesiones marítimas
Concentra sus disposiciones en la regulación de concesiones y autorizaciones marítimas que permiten el uso particular de los terrenos de playa, de las playas, rocas, porciones de agua y fondo de mar, que permitan el mejor aprovechamiento de dichos bienes.
Reglamento sobre tratamiento y disposición final de desechos provenientes de actividades de acuicultura
Establece las condiciones sobre tratamiento y disposición final de los desechos sólidos y líquidos, orgánicos e inorgánicos en centros de cultivo, plantas de proceso, centros de acopio, centros de faenamiento y centros de investigación, y demás instalaciones destinadas a] proceso productivo de la acuicultura, propendiéndose al reciclaje en los casos que corresponda.